Meic: Ministerio de Economía, Industria y Comercio

Trámites Costa Rica
Sistema de Simplificación de
Trámites y Mejora Regulatoria

Dirección de Mejora Regulatoria 

Esta dependencia del Ministerio de Economía, Industria y Comercio tiene las siguientes funciones, según el Decreto Ejecutivo N° 39917-MEIC, Reforma parcial al Reglamento a la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley Nº 6054 del 14 de junio de 1977, Decreto ejecutivo N º 37457-MEIC del 02 de noviembre del 2012:

 "Artículo 28.-Dirección de Mejora Regulatoria. Esta Dirección tendrá a su cargo liderar los esfuerzos públicos para promover un marco regulatorio claro y eficiente que brinde seguridad jurídica al administrado y propicie servicios del Estado eficientes, por lo que corresponderá ejecutar las siguientes funciones:

  1. Coordinar con los Oficiales de simplificación de trámites y las oficinas de información, el cumplimiento de la Ley Nº 8220 y su reglamento.
  2. Emitir los criterios vinculantes y recomendativos de conformidad con la Ley N º 8220 y su Reglamento.
  3. Recomendar a la Comisión de Mejora Regulatoria las modificaciones, simplificaciones o la eliminación de trámites innecesarios, duplicados o sin fundamento legal, de conformidad con la Ley N º 7472.
  4. Definir los planes de capacitación en materia de Mejora Regulatoria.
  5. Presidir el comité institucional de Mejora Regulatoria.
  6. Establecer los planes de trabajo que deben realizar los diferentes departamentos. 

 En el siguiente link, se puede descargar el "Manual de Procedimientos de la Dirección de Mejora Regulatoria"

 Misión

Impulsar la mejora regulatoria y la simplificación de trámites en la función pública fortaleciendo la calidad regulatoria del país, mediante la emisión de política pública y herramientas de gestión que generen un impacto positivo en los sectores productivos y la calidad de vida de los habitantes.

Visión

Ser la instancia costarricense reconocida en los ámbitos nacional e internacional como una organización con amplia capacidad de liderazgo en el ejercicio de su rectoría en Mejora Regularoria y Simplificación de Trámites.

Objetivo General

Propiciar una función pública eficiente y transparente que genere un impacto positivo en la economía del país; a través del ejercicio de la rectoría en materia de Mejora Regularoria y Simplificación de Trámites.

Objetivos Específicos

  • Fortalecer la competitividad del sector productivo nacional, mediante la mejora regulatoria y la simplificación de trámites claves.
  • Facilitar condiciones que permitan el acceso y el adecuado funcionamiento del mercado nacional, que favorezcan el desarrollo integral y equitativo del país.
  • Promover los esfuerzos públicos para promover un marco regulatorio claro y eficiente que brinde seguridad jurídica al administrado y propicie servicios del Estado eficientes.
  • Coordinar la identificación de proyectos de simplificación de trámites que conllevan a la reforma de leyes, reglamentos y procedimientos.
  • Brindar asesoría en materia de Mejora Regularoria y Simplificación de Trámites a la función pública y a los ciudadanos del país.
  • Verificar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 8220 y su reglamento en las propuestas de regulación que son remitidas por parte de las instituciones del Estado, así como en el quehacer de las mismas.

 Objetivo Estratégico

Promover acciones de Mejora Regulatoria y Simplificacion de Trámites en la gestión pública para generar un impacto positivo en los sectores productivos y el bienestar de la ciudadanía.

 

Su estructura interna está conformada por dos departamentos:

 Departamento de Análisis Regulatorio:

Verifica el cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 8220 y su reglamento, de las propuestas de regulación que son remitidas para su conocimiento, por parte de la Dirección de Leyes y Decretos o de las instituciones descentralizadas, además recomendar las propuestas de modificación, simplificación o de eliminación de trámites innecesarios, duplicados o sin fundamento legal.

El Decreto Ejecutivo 37457-MEIC, Reglamento a la Ley N° 6054 "Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio", estable que las funciones de este Departamento son:

Artículo 31.-Departamento de Análisis Regulatorio. A este Departamento le corresponde ejecutar las siguientes funciones:

  1. Ejecutar los planes de trabajo que le sean asignados por la Dirección de acuerdo con su competencia.
  2. Recomendar a la Dirección, a través de los informes técnicos jurídicos, sobre el cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 8220 y su reglamento, de las propuestas de regulación que son remitidas para su conocimiento, por parte de la Dirección de Leyes y Decretos o de las instituciones Descentralizadas.
  3. Recomendar a la Dirección las propuestas de modificación, simplificación o de eliminación de trámites innecesarios, duplicados o sin fundamento legal, de conformidad con los principios de Mejora Regulatoria, la Ley N° 8220 y su Reglamento; y la Ley N° 7472 y su Reglamento.
  4. Colaborar con las gestiones de la Comisión de Mejora Regulatoria y de su Secretaría Técnica.
  5. Colaborar cuando le sea requerido por la Dirección en la implementación y seguimiento de los Planes de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites de las instituciones.
  6. Cualquier otra que le sea asignado.
  7. Cualquier otra función asignada por los superiores.

 

 Departamento de Apoyo Institucional:

Coordina la ejecución de proyectos de simplificación de trámites que conllevan a la reforma de leyes, reglamentos y procedimientos, así como la asesoría en materia por medio de planes de mejora regulatoria de las instituciones públicas y los sistemas de información de mejora regulatoria.

El Decreto Ejecutivo 37457-MEIC, Reglamento a la Ley N° 6054 "Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio", estable que las funciones de este Departamento son:

Artículo 30.-Departamento Apoyo Institucional: A dicho departamento le corresponde ejecutar las siguientes funciones:

  1. Ejecutar los planes de trabajo que le sean asignados por la Dirección de acuerdo con sus competencias.
  2. Llevar adelante la ejecución de Proyectos Especiales y los Programas de Apoyo a Instituciones, en materia de simplificación de trámites y mejora regulatoria.
  3. Ejecutar los programas de educación y de información a los ciudadanos y funcionarios de las instituciones públicas, sobre los principios de mejora regulatoria y simplificación de trámites de conformidad con el Plan Operativo.
  4. Administrar el Catálogo Nacional de Trámites (CNT) y velar porque los trámites inscritos cumplan con el artículo 4 de la Ley N° 8220.
  5. Administrar y dar seguimiento a los sistemas de información de Mejora Regulatoria.
  6. Cualquier otra que le sea asignado.
Costa Rica © Todos los derechos reservados 1996-2020
Ministerio de Economía, Industria y Comercio
400 mts al Este del periódico "La Nación",
intersección de la Ruta Nacional 101 y 32, Oficentro "ASEBANACIO"
Horario normal de 8a.m. a 4p.m Central:2549-1400
Horario especial: DIGEPYME y Consumidor de 7a.m. a 4p.m.
Apartado postal: 10216-1000, San José - Costa Rica